En 1993 por la ley Nº 16.426 se deroga el monopolio de la aseguradora estatal Banco de Seguros del Estado (BSE), aseguradora estatal creada por ley en el año 1912, que había actuado como tal durante 82 años, se establece por tanto la libre competencia del mercado asegurador y se crea la Superintendencia de Seguros y Reaseguros en el Banco Central. No obstante, el mercado de seguros agrícolas recién entra en competencia de hecho en el año 2001 con el ingreso de MAPFRE, luego SURCO en 2003 y por último SANCOR en 2006. Por tanto en la actualidad ofrecen seguros agrícolas 4 aseguradoras de 14 registradas en SSF-BCU: 3 privadas y 1 estatal.
La mayor expansión del seguro se produjo en la agricultura “comercial” de cereales y oleaginosos, especialmente en los cultivos cuyo principal destino es la exportación. En los últimos años ha ido aumentando considerablemente el % de penetración (área asegurada / área sembrada) aunque no existe ningún tipo de política que promueva el seguro en estos cultivos. El elevado nivel de penetración se debe por un lado a la exigencia de las empresas exportadoras a que los productores tengan seguro y por otro, a la mejora de la oferta de coberturas en cuanto a número de riesgos cubiertos y flexibilidad de condiciones en los contratos dadas la creciente competencia entre empresas.
La mayoría de las coberturas son de riesgos nominados que cubren los riesgos de: granizo, viento, incendio, falta de piso para cosecha, resiembra, entre otros. La modalidad de seguro de rendimiento no se ha extendido mucho aún, contempla el riesgo de sequía y exceso hídrico en algunas aseguradoras, porque se necesita información histórica de rendimientos por productor, no siempre disponible.
No existen coberturas para el riesgo sequía o inundaciones para las pasturas, por tanto el sector ganadero prácticamente carece de oferta de seguros.
Seguro sin subsidios. Oferta de coberturas

En Uruguay las llamadas “mutuas” operan para el granizo en los cultivos que tienen una fuerte integración vertical con la fase industrial de la cadena como el arroz y la cebada, debido a que esa organización facilita la implementación del sistema de “mutuas”.
Bajo este formato los productores asumen el compromiso de compartir los daños causados por granizo, adhiriendo a un contrato (sin pagar prima) que establece la forma de determinación del daño y de contribución para indemnizar al productor que haya tenido un siniestro. El monto a aportar por productor se descuenta de la liquidación del grano aportado al molino de arroz o a la maltería. En algunos casos la adhesión es voluntaria y en otros es obligatoria.
La limitante de este sistema aparece cuando el nivel de daño supera el aporte convenido por productor (se estable un aporte máximo). Por esta razón, a partir de 2008/09 estas organizaciones optaron por contratar un complemento de seguro con empresas aseguradoras (tipo reaseguro stop loss) de forma de cubrir el exceso de pérdida que supere al fondo mutual.
La normativa del país no exige a las mutuas de productores las mismas formalidades que a las empresas aseguradoras (reservas técnicas, reaseguro, aportes tributarios) por lo que son vistas por estas empresas como una competencia en condiciones desiguales.
En el año 2002, como consecuencia de un fuerte tornado que destruyó los cultivos hortícolas y frutícolas del Sur del país, se promulga la ley Nº 17.503 (modificada por la Nº 17.844 de 2004) que crea el Fondo de Reconstrucción y Fomento de la Granja (FRFG) para atender esas pérdidas de producción y de infraestructura y fomentar el desarrollo de los seguros estableciendo subsidios a las primas en un porcentaje de 35%.
La importancia de esta norma está en el hecho de que por primera vez en el país se habilita la aplicación de subsidios a las primas. El FRFG se financia con la recaudación del IVA aplicado a la venta de frutas, verduras y flores (el impuesto es recaudado por el Ministerio de Economía y luego lo transfiere al MGAP).
El instrumento previsto en la ley para otorgar el subsidio es a través de Convenios (= contratos) entre el MGAP y las Entidades Aseguradoras que deseen participar ofreciendo seguros para el sector Granjero. Sin embargo por diferentes razones, aunque dos aseguradoras privadas manifestaron su interés, desde el año 2002 en que se suscribió el primer convenio hasta el presente, solamente se ha realizado convenios con la aseguradora estatal el BSE.
Seguros con subsidio, Convenio MGAP-BSE: Coberturas disponibles y características.

Si bien desde que comenzó a operar este instrumento se limitó el subsidio a productores de menos de 20 hectáreas, la política de la actual administración incentivó la aplicación de apoyos diferenciados para la producción familiar. Esto se concreta para el caso de infraestructura de invernáculos y galpones de aves, aumentando el subsidio para beneficiar a los productores de menor tamaño de la siguiente forma:
Invernáculos:
Galpones para aves:
Las superficies mayores a esas superficies no perciben subsidio. En el caso de los frutales el porcentaje es de 35% y se aplica en las primeras 20 hectáreas, si el productor tuviera más hectáreas de cultivo no se aplica subsidio en las restantes hectáreas.
OPYPA realiza el monitoreo y evaluación del programa de seguros con subsidio para asegurar la mejora continua en las condiciones de acceso de los productores así como en el desarrollo de nuevas coberturas a diferentes eventos climáticos.
Como resultado de esta política aumentó la penetración del seguro respecto a la situación inicial (aunque es relativamente baja todavía) y mejoró la oferta de coberturas para las diferentes producciones y sus infraestructuras asociadas (Figura 2).
El área asegurada ha aumentado mucho en cultivos extensivos de cereales y oleaginoso, siendo la penetración (área asegurada / área sembrada) del orden de 79% en la última zafra (Figura 1).
Figura 1. Evolución del área asegurada en cereales y oleaginosos

Fuente: en base a información aportada por las empresas aseguradoras.
En el caso de la producción granjera o intensiva (horticultura a campo, invernáculos y frutales) la penetración es cada vez mayor, más del 45% en invernáculos. Sin embargo, en los frutales y hosrticultura cayó hasta llegar actualmente a un 20% y un 8%, respectivamente (Figura 2).
Figura 2 . Evolución de la penetración del seguro en Granja.

Fuente: elaboración en base a información del BSE
El volumen de primas de seguros agrícolas aumentó un 75% en 2007 y se duplicó en el 2008, y creció la participación en el total del mercado de seguros del país (incluye a todos: automóviles, vida, incendios, etc.) (Figura 3). Se destacan dos fenómenos: Crecimiento importante primas emitidas (fuerte expansión cultivos extensivos y alto valor de commodities); y una alta volatilidad en los resultados técnicos.
Figura 3 . Evolución de primas de seguros agrícolas emitidas
(en millones de dólares) y participación en el total de seguros.

Fuente:elaborado en base a la Superintendencia de Seguros y Reaseguros del BCU
Sistema Nacional de Emergencias (Decreto 103/995 de febrero de 1995).
El Sistema Nacional de Emergencias actúa más bien de forma ex post y tiene como cometidos planificar, coordinar, ejecutar, evaluar y entender en la prevención y en las acciones necesarias en todas las situaciones de emergencia, crisis y desastres excepcionales ocasionados por fenómenos naturales o por la acción humana (accidentes, vientos, sequías, inundaciones, plagas, epidemias, incendios, etc) que provoquen daños masivos, contaminación ambiental, acciones terroristas u otras situaciones excepcionales que causen conmoción social dentro de la jurisdicción nacional. Está integrado por representantes de presidencia, ministerios y comandantes jefes del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, así como por comités por cada departamento del país. Es decir que trasciende al sector agropecuario y a los fenómenos climáticos.
Fondo de Emergencias para catástrofes climáticas en el sector granjero.
Se crea en setiembre de 2007 solamente para los rubros de Granja y para atender Emergencias por eventos climáticos con parte de los recursos financieros del FRFG. Para que los productores puedan ser beneficiarios del Fondo de Emergencia deben cumplir las siguientes condiciones: a) haber sufrido pérdidas económicas superiores al 50% de la producción en el rubro de mayor aporte al ingreso predial durante el ciclo productivo; b) el predio debe estar dentro de la zona declarada de catástrofe y dentro de una zona apta para el desarrollo de la actividad afectada; c) que no existan coberturas de seguros vigentes para el fenómeno causante de la catástrofe.
Por tanto este Fondo se crea como un instrumento complementario a los seguros agrícolas ya que está supeditado a la no existencia de coberturas en el rubro afectado por el fenómeno causante de la catástrofe.
Los recursos a otorgar son de carácter reembolsable y pueden destinarse para la compra de insumos, inversiones, servicios o para cubrir el gasto familiar. Para el caso de muy pequeños productores con un ingreso bruto de hasta 100.000 Unidades Indexadas por productor y por año, la ayuda puede ser de carácter no reembolsable
Fondo Agropecuario de Emergencias
Se crea por el artículo 207 de la ley 18.362 de octubre de 2008 con el objetivo de mitigar los efectos de las pérdidas ocurridas por catástrofes climáticas no cubiertas por los sistemas de seguros e incluye además de las pérdidas ocasionadas por emergencias sanitarias o fitosanitarias extremas.
Mediante el Decreto del Poder Ejecutivo Nº 829/008 de 24 de diciembre de 2008 se reglamenta la referida Ley, constituyendo una Comisión de Emergencias Agropecuarias con el cometido de proponer al Ministerio las declaraciones de emergencia agropecuaria entre otros.
El Fondo de Emergencia Agropecuaria (FAE) después de su constitución inicial se encuentra financiado con aportes provenientes de Rentas Generales y sus primeras acciones fueron dirigidas a mitigar los efectos de la sequía en el sector lechero.